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Claves para el peritaje de la Violencia de Género


El fenómeno de la VG ha estado marcado por un carácter de privacidad que ha hecho que pasase desapercibida, naturalizada y normalizada, oculta e invisible hasta que en la década de los 90 comenzó a tener relevancia social llegando a considerarse como uno de los atentados más graves contra los derechos humanos.

Sus consecuencias son devastadoras en todas las esferas de la vida de la mujer y de los/las menores que la sufren con un progresivo aislamiento que las hace más vulnerables ante la situación de VG.

La VG se diferencia de cualquier otra manifestación violenta que se pueda producir ya que sus protagonistas, circunstancias, escenarios, consecuencias, etc. son otras y, por tanto, la forma de abordarla debe ser, también, diferente.

Tal y como apuntábamos en la comunicación presentada en nuestro último Congreso, “Somos los perros verdes del Trabajo Social”, las periciales:

Tienen que trascender “...la simple narración de resultados y percepciones y conlleva una opinión profesional en torno a la realidad investigada” Ana María López (2016).

Deben ser un “...dictamen riguroso, estructurado y con análisis de contexto, y coadyuva en el estudio y fallo con una visión integral...” Ángela María Quintero (2013).

Es así cómo el Peritaje Social puede prestar un gran servicio a las víctimas de VG a través del estudio científico de los factores sociales intervinientes aportando luz al objeto de la pericia ya que podrá:

Ser un medio de prueba en sí mismo, poniendo en relación a:

Las personas involucradas.
Los hechos y eventos investigados.
Las circunstancias en que se producen dichos hechos.
Las consecuencias de los hechos en el presente y en el futuro.

Todo ello en un contexto integrado ya que se estudian todas las esferas relacionadas con el ámbito social (laboral, de ocio, cultural, familiar, económico, etc.).

Complementar otros medios de prueba que por sí solos no son concluyentes, otorgándoles validez al explicar las dinámicas relacionales existentes.

Articular diversos medios de prueba que, en principio y si no fuera desde una perspectiva social e integradora, no se podrían relacionar.

Que los actores judiciales puedan “poner en valor” todas las circunstancias y consecuencias que tienen para todas las personas involucradas en el hecho delictivo. Es decir, el Peritaje Social, permite que, por ejemplo, las juezas y jueces puedan establecer Sentencias más rigurosas y justas ya que disponen de toda la información necesaria para contemplar el delito en todas sus vertientes.

Realizar propuestas que puedan contribuir a mejorar el carácter retributivo y rehabilitador de la pena proponiendo medios, recursos, ayudas, terapias, etc.

En conclusión, la realización de peritajes con altos estándares de calidad nos está permitiendo adentrarnos, cada vez más, en los distintos ámbitos judiciales ganando mayor reconocimiento en la valoración del daño social tal y como propugnan algunas de las últimas leyes como, por ejemplo:

La Ley 8/2021, apoyos a las personas con discapacidad.

La LO 8/2021, protección integral de la infancia y adolescencia.

La L 35/2015, baremo de accidentes de tráfico.

Si te interesa este tema y quieres profundizar en él no puedes perderte nuestra próxima formación el martes 27 de septiembre a las 17:00 (hora española). Se trata de un webinar de hora y media en el que, la Magistrada Lucía Avilés Palacios, impulsora de la iniciativa legislativa judicial para tipificar el impago de las pensiones alimenticias como un delito dentro de la VG, nos hablará de la importancia que tiene para las Juezas y Jueces el conocimiento y la puesta en valor de los factores sociales a la hora de emitir sentencias.

Las plazas son limitadas y tienes toda la información pinchando aquí

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